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El Uso del Polígrafo en Colombia: Legalidad, Práctica Pericial y Respeto al Evaluado

Por : Juan Carlos Echeverri Garcés

Perito, Quallity Control e Instructor en Poligrafia; Experto Técnico en Poligrafia de ONAC (Organismo Nacional de Acreditación Colombia), Representante Legal de la Asociación Colombiana de Profesionales en Poligrafia ACPP


Introducción

En Colombia, el uso del polígrafo ha sido una herramienta clave en diversos sectores, como la seguridad privada, donde se utiliza para evaluar la confiabilidad de las personas en procesos de selección de personal. La anulación de la Resolución 2852 de 2006 por el Consejo de Estado generó un vacío normativo que ha sido interpretado erróneamente como una situación de incertidumbre jurídica. Sin embargo, este escenario no implica que el uso del polígrafo carezca de legitimidad. Este artículo analiza cómo el polígrafo puede seguir siendo una herramienta legal y válida cuando se utiliza bajo criterios periciales rigurosos y se respetan los derechos fundamentales del evaluado.


I. Evolución Normativa y Análisis de la Resolución 2852 de 2006

La Resolución 2852 de 2006, emitida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (Supervigilancia), buscaba regular diversos aspectos del sector de seguridad privada, incluyendo el uso del polígrafo en procesos de selección de personal. Sin embargo, en 2013, el Consejo de Estado anuló esta resolución, argumentando que la Supervigilancia había excedido sus competencias y que la regulación del polígrafo no estaba suficientemente respaldada por la ley.

A pesar de esta anulación, es posible y necesario reevaluar la situación para entender que el uso del polígrafo sigue siendo legal y puede ser justificado dentro de un marco pericial riguroso, respetando los derechos de los evaluados.


II. Replanteamiento de la Situación Jurídica: De la Incertidumbre a la Práctica Pericial

En lugar de considerar la situación actual como una incertidumbre jurídica, debemos enfocarnos en cómo el polígrafo puede y debe ser utilizado como una prueba pericial, siempre que se cumplan criterios específicos que garantizan su validez y la protección de los derechos fundamentales del evaluado.


1. Práctica Pericial del Polígrafo: El uso del polígrafo debe enmarcarse dentro del ámbito de la prueba pericial, lo que implica que su aplicación sea llevada a cabo por expertos certificados y bajo estrictos estándares de profesionalismo y ética. En este contexto, es crucial considerar los cuatro criterios establecidos para que una opinión pericial basada en aspectos novedosos del conocimiento sea admisible en un juicio:

  • Verificación de la Técnica: La teoría o técnica subyacente al polígrafo ha sido ampliamente verificada a través de estudios y experimentos en el campo de la psicofisiología. Esto significa que la técnica ha pasado por pruebas empíricas que validan su capacidad para medir reacciones fisiológicas asociadas a la veracidad o el engaño.

  • Publicación y Crítica Académica: El uso del polígrafo y las técnicas asociadas han sido objeto de numerosas publicaciones académicas y críticas en la comunidad científica. Esto garantiza que la técnica ha sido sometida al escrutinio académico, lo cual es esencial para su legitimidad.

  • Confiabilidad de la Técnica: A lo largo de los años, se ha establecido un nivel de confiabilidad considerable en la técnica del polígrafo, especialmente cuando es administrado por profesionales capacitados que siguen protocolos establecidos. La confiabilidad de los resultados depende en gran medida de la metodología aplicada y del contexto en el que se utiliza.

  • Aceptabilidad en la Comunidad Académica: El polígrafo goza de un nivel significativo de aceptabilidad dentro de la comunidad académica, particularmente en áreas como la psicología forense y la seguridad. Aunque hay debates sobre su infalibilidad, existe un consenso generalizado sobre su utilidad como una herramienta complementaria en ciertos contextos.

2. Consentimiento Informado y Respeto al Evaluado: El principio del consentimiento informado es crucial para la legalidad y legitimidad del uso del polígrafo. Ningún individuo debe ser sometido a un examen de polígrafo sin su consentimiento libre y voluntario. El evaluado debe ser plenamente informado sobre la naturaleza del examen, el propósito de la recolección de datos y las posibles consecuencias de los resultados.

3. Protección de la Dignidad Humana: La dignidad del evaluado es un derecho fundamental protegido por la Constitución Política de Colombia. La aplicación del polígrafo no debe comprometer la integridad física o moral del individuo. Es esencial que el procedimiento sea respetuoso y transparente, asegurando que el evaluado comprenda sus derechos y que estos sean respetados en todo momento.


III. Justificación Legal del Uso del Polígrafo en el Contexto Actual

A pesar de la falta de una regulación específica después de la anulación de la Resolución 2852 de 2006, el uso del polígrafo puede ser legalmente justificado bajo los siguientes principios:

1. Libertad Probatoria en el Código de Procedimiento Penal: El Código de Procedimiento Penal en Colombia permite la libertad probatoria, lo que significa que cualquier prueba que no esté expresamente prohibida puede ser admitida en un proceso judicial si contribuye a la búsqueda de la verdad. En este sentido, el polígrafo puede ser utilizado como una herramienta complementaria en la evaluación de la veracidad de las declaraciones, siempre que se aplique con respeto a los derechos del evaluado y dentro de un contexto pericial riguroso.

2. Protección de Datos Personales: El uso del polígrafo debe cumplir con las disposiciones de la Ley 1581 de 2012, que protege los datos personales. La recolección de información sensible a través del polígrafo requiere del consentimiento explícito del evaluado, y estos datos deben ser manejados con estricta confidencialidad, asegurando que solo se utilicen para los fines acordados.

3. Analogía con la Ley de Inteligencia: Aunque no existe una regulación específica para el uso del polígrafo en el sector privado, la Ley de Inteligencia y Contrainteligencia (Ley 1621 de 2013) permite su uso en el ámbito de la seguridad nacional. Este precedente sugiere que, bajo un marco adecuado y con las salvaguardias necesarias, el polígrafo puede ser utilizado en otros sectores, respetando la legalidad y los derechos fundamentales.


IV. Ética y Práctica Responsable del Polígrafo en Colombia

La práctica del polígrafo en Colombia debe abordarse con una fuerte consideración ética, especialmente en lo que respecta al respeto de los derechos fundamentales del evaluado. Esto incluye:

1. Realización por Expertos Certificados: La precisión y validez de un examen de polígrafo dependen en gran medida de la competencia del poligrafista. Es fundamental que solo los expertos certificados realicen estas pruebas, aplicando técnicas reconocidas y adheridas a los más altos estándares de la práctica pericial.

2. Transparencia en el Procedimiento: La transparencia es esencial para garantizar que el proceso sea justo y respetuoso con los derechos del evaluado. Esto incluye la explicación detallada del procedimiento, la naturaleza de las preguntas y el uso que se hará de los resultados.

3. Confidencialidad y Protección de la Información: Los datos obtenidos a través de un examen de polígrafo son extremadamente sensibles. Es vital que se manejen con la mayor confidencialidad, y que el evaluado sea informado de cómo y por quiénes serán utilizados los resultados. Cualquier violación de esta confidencialidad podría constituir una infracción grave a la ley de protección de datos y a los derechos fundamentales del individuo.


Conclusión

La anulación de la Resolución 2852 de 2006, que dejó sin validez las Resoluciones 2593 de 2003 y 2417 de 2008, no generó una limitación al uso del polígrafo. Por el contrario, permitió que su aplicación se extendiera a otros sectores más allá de la seguridad privada. Hoy en día, la poligrafía se utiliza en procesos de selección en la Fiscalía General de la Nación, la DIAN, y en concursos para cargos del Estado bajo contratación con la Función Pública. Esto demuestra que no solo es permitido, sino que se ha avanzado en la posibilidad de usarlo como una prueba novel y científica en procesos penales, bajo el principio de libertad probatoria.


El uso del polígrafo, más que estar limitado por la falta de regulación específica, depende ahora de que el examinador sea garante del cumplimiento de los protocolos técnicos establecidos en los estándares ASTM E52. Además, es crucial que la empresa en la que esté vinculado cuente con un proceso consolidado de control de calidad y garantice procesos permanentes de capacitación y actualización. De esta manera, el polígrafo se mantiene como una herramienta legítima y eficaz dentro del marco legal y ético en Colombia.



Fuentes:








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